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Ajuste por Inflación Impositivo 2025: ¿Sigue siendo relevante para tu empresa?

La Ley de Impuesto a las Ganancias establece una regla clara: si la inflación acumulada en los 36 meses previos al cierre del ejercicio supera el 100%, el ajuste es obligatorio.

Aunque la inflación interanual de julio 2025 fue del 36,6%, el acumulado de 2023, 2024 y el primer semestre de 2025 llega al 680%.
Por eso, los cierres de agosto y diciembre de 2025 deberán aplicarlo.

El ajuste no depende de la inflación anual, sino de la acumulada en tres años. Eso significa que, aunque la inflación actual baje, el arrastre de períodos anteriores obliga a mantenerlo.

En otras palabras: el ajuste sigue presente porque la base de cálculo no se resetea cada año.

El contador Richard Amaro Gómez explica que el efecto del ajuste será menor que en años anteriores.
Esto se debe a la tendencia descendente de la inflación en 2025.

Aun así, este será el séptimo ejercicio consecutivo en que se aplica desde 2019.
Por lo tanto, sigue siendo un factor clave en la planificación fiscal.

Si querés ir más allá en el cálculo del índice y aspectos técnicos, consultá publicaciones especializadas del autor, como:
«AXI impositivo: cómo calcular el índice de ajuste para el ejercicio fiscal 2025».

  • Aplica en 2025 para cierres en agosto y diciembre.
  • Se considera la inflación acumulada de 36 meses (2023, 2024 y primer semestre 2025).
  • Es obligatorio si supera el 100% (ya llega al 680%).
  • Aunque la inflación baje, el ajuste se mantiene.
  • El impacto será menor, pero aún decisivo.

El ajuste por inflación impositivo sigue vigente y puede cambiar tu balance.
Anticiparse es la mejor estrategia.

Imagen Oficial de Piccinini & Asociados S.A.

Fuente: ERREPAR 04/09/25

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