Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) fueron incorporadas al ordenamiento jurídico argentino mediante la Ley 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor, con el objetivo de ofrecer a emprendedores y pequeñas empresas una herramienta societaria más ágil, flexible y accesible.
Entre sus principales ventajas se destacan:
- Constitución digital en 24 horas
- Libros y registros digitales
- Costos iniciales reducidos
- Estructura adaptable a proyectos de diversa escala
Uno de los aspectos más relevantes del régimen es su capital mínimo, que no se fija en un monto fijo sino que se actualiza automáticamente siguiendo la evolución del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
¿Cómo se determina el capital mínimo de una SAS?
El artículo 40 de la Ley 27.349 establece que el capital mínimo de una SAS no puede ser inferior al equivalente a dos (2) salarios mínimos, vitales y móviles.
Por lo tanto, cada vez que el Consejo del Salario actualiza el SMVM, también se modifica el capital mínimo requerido para constituir este tipo societario.
Actualización vigente
Con base en la Resolución 9/2025 del CNEPSMVM, estos son los nuevos montos mínimos para la constitución de una SAS:
| Mes y año | Capital mínimo ($) |
| Diciembre 2025 | $ 669.600 |
| Enero 2026 | $ 682.000 |
| Febrero 2026 | $ 693.000 |
| Marzo 2026 | $ 704.800 |
| Abril 2026 | $ 715.600 |
| Mayo 2026 | $ 726.000 |
| Junio 2026 | $ 735.600 |
| Julio 2026 | $ 744.800 |
| Agosto 2026 | $ 753.200 |
Estos valores permiten a emprendedores y profesionales prever con mayor certeza los requisitos económicos necesarios para constituir una SAS o actualizar sus estatutos.
¿Por qué es importante este incremento?
- Impacta en nuevas constituciones societarias
- Define el capital inicial mínimo indispensable ante la Inspección General de Justicia (IGJ) o autoridades provinciales
- Influye en la credibilidad y solvencia de la SAS frente a terceros
- Permite mantener actualizado un piso patrimonial acorde a la evolución económica

En síntesis
El capital mínimo de las SAS continúa vinculado al SMVM, lo que garantiza una actualización automática y razonable en términos económicos. Con los nuevos valores fijados para diciembre de 2025 a agosto de 2026, quienes evalúen constituir una SAS o modificar su capital deben considerar estos montos como referencia obligatoria.