El Poder Ejecutivo dispuso la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 del régimen que permite a las microempresas compensar parte de las contribuciones patronales con el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias.
La medida fue formalizada a través del Decreto 923/2025, que extiende el beneficio originalmente establecido por el Decreto 394/2023.
¿En qué consiste el beneficio?
Las microempresas podrán computar hasta el 30% del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios (conocido como impuesto al cheque) como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales.
Este mecanismo busca aliviar la carga tributaria y mejorar la situación financiera de los pequeños empleadores, permitiéndoles reutilizar parte de un impuesto ya ingresado para cancelar obligaciones previsionales.
Alcance y limitaciones
La utilización del impuesto como pago a cuenta no afecta la aplicación del artículo 6° de la Ley 27.264, correspondiente al Programa de Recuperación Productiva, de carácter permanente.
En ese sentido:
- El 70% restante del impuesto sobre los créditos y débitos efectivamente ingresado mantiene su tratamiento habitual.
- El remanente no utilizado en la compensación conserva su régimen de imputación según la normativa vigente.
Reglamentación del mecanismo
Cabe recordar que la Resolución General AFIP 5405 reglamentó el procedimiento mediante el cual las microempresas pueden aplicar este beneficio, estableciendo las condiciones y el modo de cómputo del pago a cuenta.

En síntesis
Con esta prórroga, las microempresas cuentan con un año más de vigencia para aprovechar un instrumento que reduce el impacto de las contribuciones patronales, mejorando el flujo de fondos y aportando previsibilidad fiscal hasta fines de 2026.