EstudioPiccinini

Ganancias Simplificada: cómo se valúa el patrimonio para ingresar o permanecer en el régimen

¿Qué patrimonio se debe considerar?

Para determinar si un contribuyente puede adherir o permanecer en el Régimen de Ganancia Simplificada, la normativa exige evaluar su patrimonio total, siguiendo reglas específicas.

La referencia normativa surge del Decreto 93/2026, Anexo I, artículo 3, punto 2.

Los bienes deben valuarse conforme a las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales, es decir, el Título VI de la Ley 23.966 (t.o. 1997 y sus modificatorias).

Esto implica considerar:

  • Bienes situados en el país y en el exterior
  • Bienes gravados
  • Bienes exentos
  • Bienes no alcanzados

Es importante remarcar que no importa si el contribuyente estuvo efectivamente alcanzado por Bienes Personales o no: la valuación debe hacerse igualmente bajo esos parámetros.

Entre los criterios de valuación se incluyen:

  • Inmuebles (según valuación fiscal o valor determinado por la ley)
  • Vehículos
  • Activos financieros
  • Participaciones societarias
  • Bienes del exterior
  • Valores de mercado cuando corresponda
  • Aplicación de mínimos y reglas específicas previstas en la ley

Un punto central:

El patrimonio se calcula sin deducción de deudas.

Es decir, se toma la sumatoria total de los bienes valuados conforme Bienes Personales, sin restar pasivos.

Este aspecto suele generar confusión, ya que en otros impuestos el patrimonio puede considerarse neto. En Ganancias Simplificada, la referencia es el patrimonio bruto.

¿En qué fechas debe verificarse el patrimonio?

La verificación del límite patrimonial no es solo anual, sino que exige un análisis retrospectivo.

Debe controlarse el patrimonio:

  • Al 31 de diciembre del año inmediato anterior al período fiscal en el que:
    • se ejerce la adhesión, o
    • se ratifica la permanencia.

Y además:

  • Al 31 de diciembre de cada uno de los dos años inmediatos anteriores.

En la práctica, esto implica analizar tres ejercicios fiscales consecutivos.

Si en alguno de esos períodos se supera el límite establecido por la norma, puede verse afectado el acceso o la continuidad en el régimen.

¿Influye estar o no en Bienes Personales o en el REIBP?

No.

La verificación debe realizarse independientemente de que el contribuyente:

  • haya estado alcanzado o no por el Impuesto sobre los Bienes Personales;
  • esté o no adherido al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) previsto en la Ley 27.743.

Es decir, el análisis patrimonial es autónomo y obligatorio para evaluar la procedencia del régimen.

¿Es útil el régimen de Ganancias Simplificada?

La utilidad dependerá del perfil del contribuyente:

✔ Puede resultar conveniente para quienes buscan simplificación administrativa y previsibilidad.
⚠ Sin embargo, el requisito patrimonial obliga a realizar una planificación previa y un control periódico del patrimonio.

La clave está en evaluar con anticipación los tres ejercicios y proyectar posibles variaciones patrimoniales que puedan afectar la permanencia.

Imagen Oficial de Piccinini y Asociados S.A.

Antes de adherir o ratificar permanencia en Ganancias Simplificada, es aconsejable:

  • Realizar una valuación técnica del patrimonio bajo criterios de Bienes Personales.
  • Verificar los tres cierres fiscales requeridos.
  • Analizar posibles contingencias que puedan impactar el límite.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio