La Resolución General 5723/2025 establece esta disposición, que se traduce en un beneficio directo para los empleadores al simplificar el cumplimiento de sus obligaciones previsionales mediante una única adhesión al sistema de débito automático.
Proceso de Adhesión al Débito Automático:
- Acceso al sistema: Ingresá al Portal de Casas Particulares (ARCA) utilizando su Clave Fiscal y su número de CUIL/CUIT.
- Navegación: Seleccioná el «Registro Especial del Personal de Casas Particulares».
- Selección de menú: Dentro del menú «Trabajadores», acceda a la sección «Trabajadores a cargo».
- Activación: Elegí la opción «Adherir al débito automático».
- Registro de CBU: Se deberá elegir una Clave Bancaria Uniforme (CBU) que se encuentre registrada a tu nombre. Esta CBU debe haber sido previamente cargada y habilitada en el servicio «Declaración de CBU» bajo la opción «Casas Particulares DA». En caso de que no poseas una CBU declarada, el sistema te redirigirá al servicio correspondiente para tu registro.
Una vez formalizada la adhesión, el débito se efectuará de forma automática cada mes, eliminando la necesidad de reingresar al sistema para futuras gestiones de pago.
Adicionalmente al débito automático mediante cuenta bancaria, se encuentran disponibles las siguientes alternativas para el cumplimiento de las obligaciones:
- Débito automático con tarjeta de crédito: Requiere la solicitud directa a la entidad emisora de la tarjeta.
- Pago mediante código QR: Disponible a través de plataformas de pago electrónico como E Pagos, Mercado Pago o Cuenta DNI.
- Pago electrónico (VEP): Realizable a través de servicios de homebanking o billeteras virtuales, utilizando el Volante Electrónico de Pago (VEP).
- Pago manual: Requiere la cumplimentación de los formularios oficiales correspondientes para el pago presencial.

Fuente TRIVIA 06/08