Plan de Cancelación de Multas por Incumplimientos
El Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) ha implementado, a través de la Resolución 50/2025, un plan especial y excepcional para la regularización de multas en el sector de la construcción. Este plan busca facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones derivadas de infracciones a la Ley 22.250.
Características del Plan de Pago:
- Vigencia: El plan entra en vigencia el 1° de agosto de 2025 y está destinado a regularizar multas impuestas en Actas de Inspección o Infracción labradas hasta el 31 de julio de 2026.
- Alcance: Incluye multas con Resolución Administrativa dictada, sin importar su estado procesal (administrativa, prejudicial, judicial hasta sentencia, o acuerdos de pago caducados).
- Plazo de Adhesión: Finaliza el 31 de julio de 2027.
- Condiciones:
- Pago Anticipado: Mínimo del 5% del valor de la multa, en hasta dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
- Financiación con Intereses:
- Adhesión dentro de los 90 días hábiles desde la notificación de la sanción: 2% de interés mensual bajo el sistema francés.
- Adhesión fuera de ese plazo: Tasa activa del Banco Nación hasta la fecha del acuerdo, luego 2% de interés mensual.
- Cancelación sin Intereses (dentro de los 90 días hábiles): En un solo pago o hasta 12 cuotas documentadas con cheques.
- Cuota Mínima Mensual: $200.000 para personas humanas y $400.000 para personas jurídicas, con actualización semestral según el índice de precios de la construcción.
La Resolución 50/2025 entra en vigencia el 2 de julio de 2025 y deroga la Resolución (IERIC) 47/2024, que establecía un plan de cancelación de multas hasta el 31 de julio de 2024.
Nuevo Certificado Digital del Empleador
El IERIC, a través de la Resolución 49/2025, ha actualizado el formato del Certificado del Empleador. Ahora se implementa mediante un código único de verificación (token) para validar su autenticidad y vigencia en el sitio web del Instituto.
Los empleadores podrán autogestionar su certificado a través del sistema informático del IERIC. Aquellos que, a la fecha de entrada en vigencia de esta Resolución (1 de julio de 2025), posean el Certificado del Empleador 2025 en formato papel, deberán emitir el nuevo Certificado Digital ingresando al sistema informático con su usuario y clave.
Fuentes: ERREPAR