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El Gobierno confirmó el traslado del Día del Respeto a la Diversidad Cultural

La decisión se basa en la resolución 139/2025 de la Jefatura de Gabinete y se enmarca en las facultades otorgadas por el Decreto 614/2025. Este decreto es clave, ya que permite el traslado de feriados nacionales cuando coinciden con un sábado o domingo, llenando un vacío en la Ley 27.399 de Feriados y Fines de Semana Largos.

Hasta ahora, la Ley 27.399 establecía que los feriados trasladables que caían martes o miércoles se movían al lunes anterior, y los de jueves o viernes, al lunes siguiente. Sin embargo, no había una regla clara para los que coincidían con el fin de semana. El Decreto 614/2025, publicado recientemente, le da a la Jefatura de Gabinete la autoridad para decidir si un feriado que cae sábado o domingo se mueve al lunes siguiente o al viernes anterior.

Dado que el 12 de octubre de 2025 cae en domingo, se consideró apto para el traslado, buscando un impacto positivo en la economía a través del impulso turístico.

Dicha Ley, sancionada en 2017, clasifica los feriados en:

  • Feriados inamovibles: Aquellos que se celebran en su fecha original, sin posibilidad de cambio.
  • Feriados trasladables: Pueden modificar su fecha para generar fines de semana largos.
  • Días no laborables: Fechas especiales donde no se trabaja, pero la remuneración y derechos laborales se mantienen.

El reciente Decreto complementa esta ley, especificando que los feriados nacionales trasladables que caigan en sábado o domingo pueden moverse al lunes siguiente o al viernes anterior. La Jefatura de Gabinete de Ministros es la encargada de determinar esta modificación.

Los feriados nacionales trasladables que pueden modificarse de aquí en adelante son:

  • 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
  • 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.

En resumen, las reglas de traslado de feriados son:

  • Si el feriado cae martes o miércoles: Se traslada al lunes anterior.
  • Si el feriado cae jueves o viernes: Se traslada al lunes siguiente.
  • Si el feriado cae sábado o domingo (según el Decreto 614/2025): Puede moverse al lunes posterior o al viernes anterior, según lo decida la Jefatura de Gabinete.
  • Resolución: R. (JGM) 139/2025
  • Vigencia: Desde el 1 de septiembre de 2025
  • Feriado trasladado: 12 de octubre, «Día del Respeto a la Diversidad Cultural».
  • Nueva fecha: Viernes 10 de octubre de 2025.
  • Justificación: Fomentar el turismo interno y la actividad económica.
  • Marco legal: Ley 27.399 y Decreto 614/2025.

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Imagen oficial de Piccinini y Asociados

FUENTE: ERREPAR 01/09

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