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Afiliación a obra social en el régimen de monotributo: todo lo que necesitás saber

El régimen de monotributo no solo implica cumplir con una cuota mensual, sino también asegurar el acceso a una obra social, que forma parte del aporte obligatorio. La cuota que pagás integra, de manera automática, el valor destinado a la cobertura en salud y seguridad social. Sin embargo, tenés la opción de elegir la obra social que mejor se adapte a tus necesidades y solicitar cambios si así lo deseas. 

Una vez que realizaste el alta en el monotributo, es importante gestionar tu afiliación a la obra social elegida. Para ello, deberás presentar en la obra social: 

  • Original y copia del último comprobante de pago del monotributo.
  • Original y copia de tu DNI.
  • Formulario 184/F completo (Este documento también puede encontrarse en la sección “Constancias”, puede descargarse en el portal del monotributo de ARCA y sirve como constancia).
  • Formulario 152, correspondiente a la credencial de pago (también disponible en el portal).

Este trámite asegura tu incorporación y acceso a las prestaciones del sistema de salud. 

La normativa vigente establece que hasta el 31 de diciembre de 2025 podés decidir si querés mantener tu obra social actual. La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) amplió este plazo a través de la resolución 1608/2025, para facilitarte continuar en la obra social de tu elección sin presiones. 

Este proceso se realiza mediante un trámite digital llamado “Voluntad de Permanencia en Obra Social”, que puede realizarse en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Solo necesitás ingresar con tu C.U.I.T. y clave fiscal, y validar tu identidad en el sistema de forma sencilla y segura. 

Por la normativa actual, no estás obligado a permanecer en una obra social durante un período mínimo de tiempo (12 meses), en particular si tus aportes son automáticos y derivados de manera automática. Esto es una excepción establecida en la resolución 1/2025, que garantiza tu libertad de elección en cualquier momento. 

Sí, el cambio de obra social puede hacerse tanto presencialmente en la sede de la nueva entidad como en forma virtual. Para el trámite en línea, necesitás: 

  • Clave fiscal de nivel 3 o superior.
  • Tener habilitado “Mi SSSalud”.

Luego, ingresás al sistema, seleccionás la opción “Nueva opción” y completás los datos solicitados. La plataforma mostrará automáticamente tu información y te permitirá formalizar la modificación de forma sencilla. 

El plazo para manifestar la permanencia se extendió hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto significa que aún tenés momentos para definir y ejercer tu derecho de elección de manera consciente, garantizando tu acceso a la cobertura en salud que más te convenga. 

La Ley 23.660, vigente desde 1989, regula el funcionamiento, afiliaciones, financiamiento y prestaciones de las obras sociales. El sistema comprende diversas entidades, desde obras sociales sindicales y de administración mixta, hasta las del sector público, privado y militar. La ley asegura que todos los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y también determinados grupos familiares, tengan acceso a cobertura en salud. 

Resumen de los puntos clave: 

  • La afiliación a obra social es obligatoria para monotributistas, y se realiza tras gestionar la documentación correspondiente.
  • Se puede manifestar voluntariamente la permanencia en la obra social hasta el 31/12/2025, sin período mínimo obligatorio de permanencia.
  • El cambio puede hacerse en línea o presencialmente, con requisitos sencillos.
  • La normativa garantiza el derecho de elección y protección de los recursos aportados, promoviendo la transparencia y autonomía del beneficiario.

Este esquema busca fortalecer el acceso a la salud, brindando mayor libertad y claridad en la gestión de la obra social para quienes forman parte del monotributo.

Imagen Oficial de Piccinini Y Asociados S.A.

Fuente: Errepar 22/09

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