La Agencia ha publicado las nuevas tablas y montos de deducciones del Impuesto a las Ganancias que regirán para las remuneraciones percibidas a partir del 1° de enero de 2026, estableciendo las pautas de retención aplicables para el primer semestre del año.
La Agencia Federal de Recaudación (ARCA) ha oficializado la actualización de los tramos de las escalas progresivas (Artículo 94) y los montos de las deducciones personales (Artículo 30) del Impuesto a las Ganancias, de aplicación obligatoria para el régimen de retención sobre los haberes de trabajadores en relación de dependencia. Esta actualización abarca las remuneraciones devengadas y percibidas entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026.
Detalles de la Actualización y Recursos Exclusivos
Para una correcta liquidación del impuesto, resulta imprescindible considerar los nuevos valores. A continuación, se presentan las tablas detalladas con la información oficial emitida por ARCA:
Tabla 1: Escala Progresiva (Artículo 94) para Retenciones Enero a Junio de 2026
Tabla 2: Montos de Deducciones Personales (Artículo 30) para Retenciones Enero a Junio de 2026
Toda la información exhaustiva y las herramientas necesarias para la liquidación del impuesto están disponibles en nuestro micrositio exclusivo para suscriptores: «Ganancias relación de dependencia«.

Mecanismo de Actualización Semestral de Deducciones
Es importante recordar el esquema de actualización de las deducciones personales establecido a partir del período fiscal 2025. Los ajustes se realizan de forma semestral con el objetivo de mantener la progresividad y equidad del tributo:
- Frecuencia: Los montos se ajustarán dos veces al año: en los meses de enero y julio.
- Vigencia: La renovación aplica a partir del período fiscal 2025, inclusive.
- Índice de Referencia: El coeficiente de ajuste se determina en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al semestre calendario que finaliza el mes inmediato anterior a la fecha de la actualización.