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Sociedades por Acciones inscriptas en la IGJ: vencimiento para el pago de la tasa anual

Las sociedades que no cancelen la tasa dentro del plazo deberán afrontar la multa prevista en el artículo 7° de la Decisión Administrativa 46/2001, equivalente a:

1,5 veces la tasa de interés mensual del Banco Nación para operaciones de descuento de documentos comerciales, aplicada sobre los importes omitidos.

Esto refuerza la importancia de cumplir dentro del plazo para evitar costos adicionales que pueden ser significativos.

La boleta para efectuar el pago puede generarse y descargarse desde el sitio habilitado por la IGJ.

1. Cajas de IGJ

  • Tarjeta de débito
  • Cheque certificado a nombre de:
    Fondo de Cooperación Técnica y Financiera IGJ – NO A LA ORDEN

2. Banco Nación Argentina

Pago presencial en cualquier sucursal, acreditado a la cuenta indicada en la boleta.

3. PAGAR.COM.AR / Red Link

Disponible en:

  • Home Banking
  • Banca Empresas
  • Cajeros automáticos
  • Billeteras electrónicas (CDNI, BNA+, Buepp)

Para operar, ingresar en:

  • Rubro: Cobranzas para Empresas y Comercios
  • Servicio/Empresa: IGJ – Pago Tasa Anual
  • Código Link Pagos: CUIT de la sociedad
  • Concepto: Cuota
  • Importe: Monto indicado en la boleta
  • Referencia: Número de boleta

Importante: No se aceptan pagos por transferencia bancaria.

Si tu sociedad está inscripta en la IGJ, asegúrate de emitir la boleta, verificar el monto y completar el pago antes del 15 de diciembre.
Evitar la multa no solo implica una cuestión económica, sino también mantener al día las obligaciones formales de la entidad.

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