Se han establecido nuevos aumentos para los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono.
Mediante el Decreto PEN 522/2025 , el Poder Ejecutivo Nacional ha determinado el incremento de los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1 y el 31 de agosto de 2025 (ambas fechas inclusive), según el siguiente detalle:
Producto | Impuesto sobre los Combustibles Líquidos | Impuesto al Dióxido de Carbono |
Incremento del monto fijo actualizado del gravamen – artículo 4° | Incremento del monto fijo actualizado del gravamen – tratamiento diferencial – artículo 7°, inc. d) | |
Nafta sin plomo, hasta 92 RON; nafta sin plomo, de más de 92 RON; y nafta virgen | $ 6,954 | – |
Gasoil | $ 5,615 | $ 3,040 |
Cabe destacar que estos montos se actualizan trimestralmente en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) proporcionado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC), considerando las variaciones acumuladas desde enero de 2018.
Este incremento será aplicable a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1 de septiembre de 2025.

Publicado el 31/07/25 en trivia.consejo