La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) ha anunciado una importante modificación a través de la Resolución Normativa 24/2025, que impacta directamente en el proceso de solicitud de repetición de saldos a favor (SAF) mediante la modalidad exprés online.

A partir de la entrada en vigencia de esta resolución, el monto máximo para la presentación de estas demandas rápidas ha sido ampliado a $3.500.000. Esta medida representa una simplificación y agilización para un mayor número de contribuyentes, permitiéndoles recuperar sus saldos a favor de manera más eficiente.
Procedimiento y Beneficios:
La ampliación del monto busca facilitar el acceso a un mecanismo de reintegro que se caracteriza por su rapidez y eficiencia. Los contribuyentes que reúnan los requisitos formales establecidos por ARBA para este tipo de demandas, podrán beneficiarse de un reintegro que se hará efectivo en un plazo excepcionalmente corto: 72 horas hábiles. Este lapso representa una ventaja significativa, ya que minimiza los tiempos de espera y optimiza la liquidez de los contribuyentes.
Requisitos y Consideraciones:
Es crucial que los contribuyentes interesados en acogerse a esta modalidad se aseguren de cumplir con todos los requisitos formales que ARBA exige para la demanda exprés online de repetición de saldos a favor. Estos requisitos suelen incluir la correcta presentación de declaraciones juradas, la ausencia de deudas fiscales pendientes, y la validez de los saldos a favor reclamados. Se recomienda a los contribuyentes consultar la Resolución Normativa 24/2025 en su totalidad y, en caso de dudas, contactar a ARBA o a un profesional especializado para garantizar una presentación exitosa.
Esta iniciativa de ARBA refuerza el compromiso de la entidad con la modernización de sus procesos y la facilitación de las gestiones para los contribuyentes bonaerenses. La posibilidad de recuperar rápidamente saldos a favor de hasta $3.500.000, mediante un trámite ágil y online, representa un avance considerable en la eficiencia de la administración tributaria provincial.
Acceda al siguiente enlace para conocer todos los detalles y los pasos a seguir para solicitar su devolución.
PUBLICIDAD: 2/09/25
FUENTE: trivia.consejo