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Bienes Personales: montos mínimos y escalas aplicables al período 2025

Estos importes surgen del mecanismo de actualización automática anual previsto por la ley 27.667, que ajusta los valores en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Para el período fiscal 2025, se establecen los siguientes montos:

  • Mínimo no imponible general: $ 384.728.044,57
  • Mínimo no imponible para casa-habitación: $ 1.346.548.155,99

Esto implica que solo tributarán el impuesto aquellos contribuyentes cuyo patrimonio gravado supere dichos importes, considerando los bienes situados en el país y en el exterior, según corresponda.

El impuesto se determina aplicando la escala progresiva sobre el valor total de los bienes alcanzados que exceda el mínimo no imponible general, excluyendo las acciones y participaciones societarias que deben ser declaradas por las personas jurídicas como responsables sustitutos.

Asimismo, se mantienen escalas reducidas para los contribuyentes cumplidores que accedan al beneficio de disminución de alícuota, conforme a los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Además de la declaración determinativa, la ARCA dispuso que deberán presentar declaración jurada informativa quienes, durante el período fiscal 2025, hayan obtenido ingresos o rentas iguales o superiores a $ 196.963.134,52, aun cuando no resulten alcanzados por el impuesto.

Este régimen informativo alcanza, entre otros, a:

  • Trabajadores en relación de dependencia.
  • Jubilados y pensionados.
  • Funcionarios públicos y magistrados.
  • Socios de cooperativas de trabajo.
  • Beneficiarios de seguros de retiro privados.
  • Actores que perciban ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
  • Rentas exentas, no alcanzadas o no computables en Ganancias.
Imagen Oficial de Piccinini & Asociados S.A.

Dada la magnitud de los montos actualizados y la complejidad del impuesto, resulta clave analizar cada situación patrimonial en forma individual, especialmente en casos de bienes en el exterior o planificación fiscal.

Desde Piccinini & Asociados, recomendamos anticipar la revisión del patrimonio para evitar errores y optimizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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