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Facturación desde julio 2026: más obligados, más control y nuevos comprobantes

Se eliminan exenciones históricas y se incorporan nuevos sujetos, entre ellos: entidades financieras, prepagas, instituciones educativas privadas, compañías de seguros, administradores societarios (directores y gerentes) y profesionales que cobran honorarios por vía judicial. Esto implicará una mayor exposición de ingresos y consumos que antes no quedaban registrados.

Se crea la posibilidad de emitir un único comprobante mensual por cliente, agrupando todas las operaciones del período. Este sistema, opcional para ciertos sectores (como bancos, seguros o prepagas), simplifica la operatoria y reduce la cantidad de comprobantes emitidos.

Las nuevas normas refuerzan la identificación del consumidor final: deberá incluirse CUIT/CUIL/DNI cuando el cliente lo solicite, especialmente para deducciones en Ganancias. Además, se habilita (por ahora de forma opcional) vincular puntos de venta con actividades, lo que anticipa un mayor control fiscal.

  • Educación privada: deberá detallar conceptos en las facturas (cuota, actividades, servicios adicionales).
  • Administradores societarios: deberán emitir comprobantes por sus honorarios (aunque estén exentos de IVA), lo que cambia la dinámica en muchas pymes.
Imagen Oficial de Piccinini y Asociados S.A.

Las medidas incrementan la información disponible para el Fisco y hacen más visibles consumos e ingresos antes menos controlados. Si bien simplifican ciertos procesos, también implican mayores exigencias formales y operativas para contribuyentes y asesores.

En síntesis, el nuevo esquema apunta a un sistema más digital, transparente y controlado, con impacto directo en la práctica profesional y en la gestión diaria de las empresas.

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