La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado exclusivamente a clínicas, sanatorios y establecimientos de salud con internación. La medida fue implementada mediante la Resolución General 5858/2026 y busca aliviar la compleja situación financiera que atraviesa el sector.
El plan permitirá regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social en hasta 60 cuotas mensuales, con condiciones de financiación más flexibles y una tasa reducida.
Qué deudas pueden incluirse
El régimen alcanza obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de mayo de 2026, inclusive. Entre los conceptos que podrán financiarse se encuentran:
- Obligaciones impositivas y de la seguridad social.
- Retenciones y percepciones impositivas.
- Tributos vinculados a importaciones y exportaciones.
- Intereses y sanciones aduaneras.
Sin embargo, ARCA aclaró que la adhesión no implica reducción de intereses resarcitorios ni liberación de sanciones.
Principales condiciones del plan
El esquema contempla una serie de requisitos y beneficios específicos para el sector:
- Hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
- Pago a cuenta del 3% sobre la deuda consolidada.
- Cuota mínima de $50.000.
- Tasa de financiación equivalente al 50% de la tasa resarcitoria vigente al 9 de junio de 2026.
- Sin límite en la cantidad de planes que puede presentar cada contribuyente.
Quiénes pueden adherirse
El beneficio está dirigido a establecimientos comprendidos en el Título V de la Ley 17.132. Para acceder, las entidades deberán ser incorporadas al listado que remitirá el Ministerio de Salud a ARCA y quedar caracterizadas en el Sistema Registral con el código 481 (“Establecimientos de Salud con Internación”).
Además, deberán cumplir con ciertos requisitos formales:
- Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
- Contar con las declaraciones juradas presentadas.
- Informar una CBU para el débito automático de las cuotas.

Conceptos excluidos
La resolución también establece exclusiones importantes. No podrán incluirse en el plan:
- Cuotas destinadas a ART.
- Aportes y contribuciones para Obras Sociales.
- Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
- Retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes personales de empleados).
- Anticipos y pagos a cuenta vencidos.
Vigencia y causales de caducidad
La adhesión estará habilitada desde el 9 de junio hasta el 30 de septiembre de 2026.
ARCA informó además que el plan caducará automáticamente cuando se produzca:
- La falta de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas, transcurridos 60 días desde el vencimiento de la segunda.
- El incumplimiento de la última cuota al cumplirse el mismo plazo.
En esos casos, el organismo podrá iniciar acciones judiciales y ejecuciones fiscales por el saldo pendiente.
Un alivio fiscal para un sector en crisis
La medida representa un intento de dar oxígeno financiero a uno de los sectores más golpeados por el incremento de costos operativos y las dificultades de financiamiento. El acceso a un esquema de regularización más amplio y con tasas reducidas puede convertirse en una herramienta clave para sostener la continuidad de servicios esenciales de salud.