Obtener el Certificado no solo permite acreditar la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, y diversos organismos públicos y privados, sino que además habilita el acceso a beneficios fiscales y programas de asistencia.
Entre sus principales ventajas se incluyen:
- Pago de IVA a los 90 días
- Compensación de hasta el 100% del impuesto al cheque en el pago de Ganancias
- Alícuota diferencial de contribuciones patronales
- Cómputo del Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios como pago a cuenta de las Contribuciones Patronales con destino SIPA
- Exención del impuesto al retiro en efectivo establecido por el artículo 45 de la Ley 27.541 para Micro y Pequeñas empresas
- Uso optativo de la factura de crédito electrónica en operaciones de intercambio entre dos MiPymes
- Baja de Impuestos Internos para expendio de cerveza artesanal Ley 27.430
- Exclusión de retenciones y/o percepciones de IVA
- Uniformidad de anticipos del Impuesto a las Ganancias Sociedades
- Suspensión de juicios y medidas cautelares
- Simplificación para solicitar el certificado de no retención de IVA
- Reducción de retenciones para micro empresas de comercio
- Saldos a favor para MiPyMEs en AFIP
- Exención de los reembolsos
- Exclusión en Régimen de Retención IVA – GANANCIAS
- Beneficio para MiPyME sobre Derechos de Exportación
- Régimen de incentivo para fabricantes de bienes de capital – RGC 5301/2022 AFIP – SIDP
- Tratamiento diferencial para MiPyMEs – Ley de Economía del conocimiento
- Subsidios energéticos – Res. 6/2023 Secretaría de Energía
- Exención de la comisión bancaria por depósito de efectivo
- Financiamiento para MiPymes
- Avales de sociedades de garantías recíprocas (SGR)
- Ley de Promoción de la Alimentación Saludable
- Acceso a los diferentes programas
- Beneficios BCRA