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Reforma laboral: pago de salarios en dólares y su impacto en Ganancias

En esta nota te explicamos qué cambió, qué dice la normativa y cómo impacta en el Impuesto a las Ganancias.

Un cambio clave: ahora se puede pactar en moneda extranjera

Históricamente, el Código Civil y Comercial permitía que, si una obligación estaba pactada en moneda extranjera, el deudor pudiera cancelarla en pesos.

Eso cambió con el DNU 70/2023.

A partir de esta reforma:

  • Las obligaciones pueden pactarse en cualquier moneda (incluidos dólares)
  • El deudor debe pagar exactamente en la moneda acordada
  • Los jueces no pueden modificar esa condición

Este giro refuerza la libertad contractual y habilita nuevos esquemas de pago, incluyendo salarios en moneda extranjera.

La normativa laboral acompañó este cambio. La Ley 27.082 establece que:

 El salario puede pagarse en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera

Esto significa que empleadores y empleados pueden acordar legítimamente remuneraciones en dólares.

El punto más relevante no es solo cobrar en dólares, sino cómo se grava ese ingreso.

Para el empleador

Las empresas (rentas de tercera categoría) pueden generar diferencias de cambio al pagar sueldos en dólares.

Esto ocurre porque:

  • La deuda salarial se registra a un valor determinado
  • Al momento del pago, el tipo de cambio puede variar

Resultado:

  • Puede haber ganancias o pérdidas por diferencia de cambio
  • Esas diferencias impactan directamente en el resultado impositivo

Para el empleado

En el caso del trabajador, el criterio es distinto.

El salario en dólares se convierte a pesos según:

  • La cotización del Banco de la Nación Argentina
  • Tipo de cambio comprador (divisa)
  • Del día anterior al cobro

Ese valor en pesos es el que se utiliza para:

  • Calcular la retención de Ganancias
  • Aplicar la Resolución General 4003

 ¿Y qué pasa si el empleado guarda los dólares?

Un punto importante:

Las diferencias de cambio por la tenencia de dólares no están alcanzadas por Ganancias en personas humanas.

Es decir:

  • Si el empleado no vende los dólares, no hay impacto
  • Si el tipo de cambio sube, esa ganancia está exenta

El nuevo escenario permite mayor flexibilidad, pero también exige atención fiscal:

✔ Se pueden pagar sueldos en dólares de forma legal
✔ Las empresas deben considerar el efecto de la diferencia de cambio
✔ Los empleados tributan en pesos según tipo de cambio oficial
✔ La tenencia de dólares no genera Ganancias

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