EstudioPiccinini

Alquileres en CABA: nuevo límite de exención en Ingresos Brutos para 2026

A partir de 2026, los ingresos provenientes del alquiler de hasta tres (3) unidades de vivienda estarán exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que los inmuebles estén destinados exclusivamente a vivienda.
  • Que el ingreso mensual por cada inmueble no supere los $ 1.101.000.
  • Que el contribuyente no exceda el límite de unidades permitido.

Esta exención se encuentra prevista en el artículo 303, inciso 9, del Código Fiscal de la Ciudad.

En los casos en que el valor del alquiler mensual supere el tope establecido o se alquilen más de tres unidades, la actividad quedará alcanzada por el impuesto, debiendo tributar Ingresos Brutos según el régimen correspondiente.

Por este motivo, resulta clave realizar un análisis previo de la situación fiscal del locador para evitar errores o contingencias.

La Ley Tarifaria 2026 también actualiza significativamente los montos de multas y sanciones, lo que refuerza la necesidad de cumplir correctamente con las obligaciones fiscales y verificar periódicamente el encuadre tributario.

Imagen Oficial de Piccinini & Asociados S.A.

Desde Piccinini & Asociados recomendamos a los propietarios revisar:

  • La cantidad de inmuebles alquilados.
  • El monto mensual de cada contrato.
  • La correcta inscripción y categorización fiscal.

Un adecuado asesoramiento permite aprovechar la exención vigente, optimizar la carga tributaria y evitar sanciones.

Piccinini & Asociados, tu tranquilidad nuestro propósito.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio