En el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 18/75, el sector bancario alcanzó un nuevo acuerdo salarial que establece el esquema de actualización de haberes para el segundo trimestre de 2026.
El entendimiento introduce un mecanismo de recomposición mensual atado a la inflación y define criterios clave sobre su aplicación, alcance y continuidad de la negociación.
Cierre de períodos anteriores
Las partes confirmaron que ya se encuentran completamente aplicados los incrementos acordados en diciembre de 2025.
De este modo:
✔ Se dio por finalizado el año 2025
✔ También quedaron cerrados enero y febrero de 2026
✔ No existen diferencias pendientes de liquidación
Ajustes salariales vinculados al IPC
Para los meses de marzo, abril y mayo de 2026, el acuerdo mantiene el esquema de actualización basado en la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el INDEC.
¿Cómo funciona el mecanismo?
Cada aumento mensual se calculará como:
La diferencia entre:
- La inflación acumulada desde enero 2026
- Y los incrementos salariales ya otorgados
La base de cálculo será la remuneración de diciembre de 2025.
Conceptos incluidos en el cálculo
El incremento se aplicará sobre las remuneraciones:
✔ Brutas
✔ Normales y habituales
✔ Totales (remunerativas y no remunerativas)
Además, incluye:
- Adicionales convencionales y no convencionales
- Conceptos específicos como el “Día del Bancario”
Impacto en la liquidación de salarios
El esquema tiene un efecto particular en la forma de cierre de cada mes:
- Marzo se liquida con el salario de abril 2026
- Abril se liquida con el salario de mayo
- Mayo se liquida con el salario de junio
Esto implica ajustes retroactivos en función de la inflación efectiva.
Límites según categorías
Los incrementos serán aplicables hasta determinadas categorías, entre ellas:
- Subgerente Departamental de Primera (rama administrativa)
- Capataz General (maestranza)
- Mayordomo General (servicios)
⚠ Se excluyen algunas entidades específicas, como aquellas que ya aplican acuerdos extendidos a niveles superiores.
Continuidad de la negociación
El acuerdo prevé una nueva instancia de revisión:
📅 Segunda quincena de junio de 2026
El objetivo será evaluar la evolución del contexto económico y definir posibles ajustes adicionales.
Aporte solidario y homologación
Se mantiene vigente:
✔ Aporte solidario del 1% sobre los haberes de trabajadores no afiliados
Además:
- El acuerdo será remitido para su homologación
- Las planillas salariales se presentarán una vez publicados los índices oficiales de inflación

Conclusión
El nuevo acuerdo paritario del sector bancario consolida un esquema de actualización salarial dinámico, directamente vinculado a la inflación.
Este mecanismo permite acompañar la evolución de los precios, aunque introduce complejidad en la liquidación de haberes y exige un seguimiento mensual preciso por parte de empleadores y profesionales.