Durante septiembre de 2026, distintos sectores registran modificaciones en sus remuneraciones como consecuencia de los acuerdos paritarios vigentes. Entre los principales convenios que presentan novedades se encuentran Empleados de Comercio, Casas Particulares y Vigiladores, mientras que en UOCRA se mantienen los valores correspondientes al último tramo acordado.
Conocer las escalas actualizadas y distinguir entre conceptos remunerativos y no remunerativos resulta fundamental para realizar correctamente la liquidación de haberes.
Empleados de Comercio: último tramo del aumento del 5,7%
Para los trabajadores comprendidos en el CCT 130/75, el acuerdo salarial estableció un incremento total del 5,7%, distribuido en tres tramos mensuales del 1,9%.
En septiembre se aplica el último tramo, correspondiente al período septiembre-noviembre de 2026.
Como referencia, los básicos de jornada completa quedan establecidos en:
- Maestranza A: $1.183.900.
- Administrativo A: $1.196.632.
A estos importes deben adicionarse los conceptos convencionales que correspondan, como antigüedad y presentismo.
Durante septiembre continúa vigente, además, una suma no remunerativa de $120.000. En cambio, la asignación extraordinaria de $50.000 correspondió exclusivamente a julio y agosto.
De esta manera, por ejemplo, un trabajador de Maestranza A percibe como referencia $1.303.900 entre básico y suma no remunerativa, antes de considerar los restantes adicionales.
Casas Particulares: aumento del 1,8%
El personal comprendido en la Ley 26.844 tiene en septiembre un incremento del 1,8% sobre los valores mínimos establecidos para agosto.
Entre las remuneraciones mensuales de referencia para septiembre se encuentran:
| Categoría | Con retiro | Sin retiro |
| Supervisor/a | $579.493,14 | $640.641,55 |
| Tareas específicas | $541.402,49 | $597.854,36 |
| Tareas generales | $480.247,85 | $529.261,78 |
Otro punto importante es el tratamiento de la suma extraordinaria otorgada en agosto. Durante septiembre se incorpora al salario básico el 25% de dicha suma, mientras que el 50% restante se incorpora en octubre y el 25% final en noviembre.
Por lo tanto, en septiembre no corresponde agregar una nueva suma no remunerativa por este concepto, sino considerar la incorporación parcial al salario básico.
UOCRA: continuidad de la última escala
En el caso de los trabajadores comprendidos en los CCT 76/75 y 577/10, el acuerdo vigente contempló una recomposición acumulativa del 6% entre junio y agosto, distribuida en tres tramos.
Por ese motivo, septiembre no presenta un nuevo tramo de aumento, manteniéndose como referencia los valores correspondientes al último incremento.
Para la Zona A del CCT 76/75, algunos valores de referencia son:
- Oficial especializado: $7.420.
- Oficial: $6.348.
- Medio oficial: $5.866.
Además, las empresas deben considerar la contribución patronal del 2% prevista por el acuerdo homologado en agosto. Este concepto es a cargo del empleador y no constituye un importe adicional para el trabajador ni un descuento sobre su remuneración.
Vigiladores: nuevos básicos y adicionales
Los trabajadores de seguridad privada comprendidos en el CCT 507/07 tienen en septiembre una nueva actualización de los salarios básicos.
Como referencia:
- Vigilador General: $1.037.600.
- Vigilador Bombero: $1.105.700.
El acuerdo también contempla una suma no remunerativa mensual de $50.000 para septiembre.
A su vez, se actualiza el viático no remunerativo, que alcanza los $20.960 por cada día efectivamente trabajado.
Para determinados trabajadores también pueden corresponder adicionales específicos, entre ellos:
- Adicional aeroportuario: $140.600.
- Adicional Neuquén: $80.000.
Por otra parte, el adicional vacacional correspondiente a las vacaciones gozadas durante septiembre asciende a $20.960 por día, con un máximo de 21 días, y tiene carácter remunerativo.
La importancia de revisar las liquidaciones
Las modificaciones paritarias no implican únicamente actualizar el salario básico. En muchos casos también deben considerarse sumas no remunerativas, viáticos, adicionales específicos, contribuciones patronales y mecanismos de incorporación progresiva de conceptos al salario.
Por eso, al liquidar septiembre resulta importante verificar el convenio colectivo aplicable, la escala salarial vigente, la naturaleza de cada concepto y su impacto sobre aportes, contribuciones y demás obligaciones laborales.

Imagen Oficial de Piccinini & Asociados S.A.
Opinión profesional
Septiembre vuelve a mostrar la importancia de realizar un seguimiento permanente de las negociaciones paritarias. Para las empresas, aplicar correctamente un aumento no significa solamente modificar el básico: es necesario identificar cómo impacta cada acuerdo sobre los adicionales, conceptos no remunerativos, cargas sociales y costos laborales.
Desde el punto de vista de la gestión, contar con escalas salariales actualizadas y un adecuado control de las liquidaciones permite evitar diferencias posteriores y facilita una mejor planificación del costo laboral.
En este contexto, el asesoramiento contable y laboral resulta especialmente relevante para interpretar cada convenio y asegurar que los cambios salariales sean incorporados correctamente en las liquidaciones mensuales.
Dr. Diego Gastón Chernán
Contador Público U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tomo 302 Folio 123