Las nuevas resoluciones hacen obligatorio el régimen de autorización automática para determinadas emisiones y simplifican los procedimientos de oferta pública
La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó las Resoluciones Generales 1159/2026 y 1160/2026, mediante las cuales introdujo importantes cambios en el Régimen de Oferta Pública Automática aplicable a los Fideicomisos Financieros (FF) y a los Fondos Comunes de Inversión Cerrados (FCIC).
Las modificaciones tienen como principal objetivo simplificar los procesos de autorización, unificar criterios y agilizar el acceso al mercado de capitales para aquellos instrumentos que cumplan con las condiciones previstas por la normativa.
Cambios para los Fondos Comunes de Inversión Cerrados
La Resolución General 1160/2026 reemplaza íntegramente el régimen especial de autorización simplificada para la constitución y modificación de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados.
A partir de esta reforma, el régimen pasa a denominarse «Oferta Pública de Cuotapartes de FCIC con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado».
Además, la normativa establece que el uso de este procedimiento será obligatorio para los fondos que encuadren en sus condiciones, eliminando la posibilidad de optar por un análisis previo por parte de la CNV.
¿Qué fondos quedan alcanzados?
El régimen comprende:
- Los FCIC destinados exclusivamente a Inversores Calificados.
- Los FCIC dirigidos al público en general cuya emisión no supere los 100 millones de UVAs, o su equivalente en pesos o moneda extranjera.
En estos casos, la autorización de oferta pública será automática.
¿Qué operaciones podrán realizarse mediante este régimen?
La autorización automática abarcará:
- La constitución inicial del fondo.
- La emisión de nuevos tramos de cuotapartes.
- Los aumentos de capital mediante capitalización de utilidades.
- Las modificaciones al reglamento de gestión que no alteren las condiciones de acceso al fondo.
Asimismo, los trámites iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la resolución podrán continuar por el procedimiento tradicional o migrar al nuevo régimen automático.
Cambios para los Fideicomisos Financieros
Por su parte, la Resolución General 1159/2026 reorganiza el sistema de autorización de oferta pública para los Fideicomisos Financieros.
La reforma elimina los anteriores regímenes de autorización automática de Bajo Impacto y Mediano Impacto, unificando el sistema bajo un esquema más simple.
A partir de ahora, cuando una emisión reúna los requisitos previstos para el régimen de Mediano Impacto Ampliado, deberá tramitarse obligatoriamente mediante ese procedimiento.
Unificación del régimen
Con estas modificaciones, la CNV concentró los mecanismos de autorización automática en dos modalidades:
- Oferta Pública Automática por Mediano Impacto Ampliado.
- Régimen de Emisiones Frecuentes.
Al mismo tiempo, se actualizaron los requisitos vinculados con:
- La documentación exigida.
- Los procedimientos de inscripción y constitución.
- Las reglas de publicidad.
- El régimen informativo aplicable.

¿Qué ocurre con los trámites en curso?
La normativa dispone que las solicitudes de autorización iniciadas antes de la publicación de la resolución quedarán sin efecto cuando resulten alcanzadas por el nuevo esquema.
En esos casos, los fiduciarios deberán adecuar sus presentaciones al marco regulatorio vigente y tramitarlas conforme a los nuevos procedimientos establecidos por la CNV.
Un régimen más ágil para el mercado de capitales
Con estas resoluciones, la Comisión Nacional de Valores busca simplificar los procesos administrativos, reducir tiempos de autorización y brindar mayor previsibilidad a quienes estructuran fideicomisos financieros y fondos comunes de inversión cerrados.
En Estudio Piccinini & Asociados acompañamos a empresas, inversores y organizaciones en el análisis de los cambios regulatorios que impactan en el mercado de capitales, brindando asesoramiento integral para cumplir con las nuevas disposiciones y aprovechar las oportunidades que ofrece el nuevo marco normativo.