Estudio Piccinini y Asociados S.A.

Textiles: nuevos salarios y sumas no remunerativas para agosto de 2026

El acuerdo contempla una pauta de recomposición salarial para el período comprendido entre julio y diciembre de 2026, con incrementos escalonados sobre los salarios básicos, sumas no remunerativas y actualización de adicionales por antigüedad.

A partir de agosto de 2026 se establecen nuevos valores para las distintas categorías del convenio.

Entre los principales salarios básicos se encuentran:

  • Supervisor General: $1.043.580.
  • Supervisor: $1.019.879.
  • Técnico Especialista: $1.019.879.
  • Vendedores: $1.019.879.
  • Encargados de Administración: $985.658.

Estos valores constituyen las referencias salariales básicas sobre las cuales deberán efectuarse las correspondientes liquidaciones de haberes.

Además de la actualización de los salarios básicos, el acuerdo establece para agosto una suma no remunerativa de $296.640.

El importe forma parte del esquema de recomposición salarial acordado para el segundo semestre y tendrá nuevas actualizaciones durante los próximos meses.

La suma deberá liquidarse de acuerdo con las condiciones y pautas establecidas en el acuerdo colectivo.

La paritaria también mantiene los adicionales vinculados con la antigüedad del trabajador, cuyos importes varían de acuerdo con la categoría y los años de permanencia en la actividad.

Para agosto y septiembre de 2026, los valores parten de los siguientes rangos:

  • 1 año de antigüedad: entre $4.616 y $13.142, según categoría.
  • 3 años: entre $9.230 y $25.697.
  • 5 años: entre $13.808 y $32.224.
  • 7 años: entre $19.637 y $38.768.

Los importes aumentan progresivamente a medida que se incrementa la antigüedad del trabajador.

Imagen Oficial de Piccinini & Asociados S.A.

El acuerdo establece nuevas actualizaciones para septiembre y diciembre de 2026.

Por ejemplo, para el Supervisor General, el salario básico pasará a:

  • Agosto: $1.043.580.
  • Septiembre: $1.058.777.
  • Diciembre: $1.114.502.

También se actualizará la suma no remunerativa:

  • Agosto: $296.640.
  • Septiembre: $300.960.
  • Diciembre: $316.800.

De esta manera, la pauta salarial establece un esquema de incrementos escalonados que impactará en los haberes durante el segundo semestre del año.

Las empresas alcanzadas por el CCT 808/24 deberán actualizar las escalas salariales utilizadas para la liquidación de haberes y verificar la correcta aplicación de los adicionales correspondientes a cada trabajador.

También será importante controlar por separado las sumas no remunerativas y su evolución durante el período de vigencia del acuerdo, ya que su tratamiento puede diferir del de los conceptos que integran el salario básico.

Desde una mirada profesional, este tipo de acuerdos requiere especial atención porque no se trata solamente de actualizar un salario básico. En una liquidación correcta deben contemplarse la categoría del trabajador, la antigüedad, los adicionales y las sumas no remunerativas previstas para cada período.

Además, al existir incrementos escalonados hasta diciembre, es recomendable dejar parametrizado el sistema de liquidación con las distintas etapas del acuerdo, evitando depender de actualizaciones manuales mes a mes.

Para los empleadores, anticiparse a estos cambios permite reducir errores en los recibos de sueldo y evitar diferencias que posteriormente puedan generar reclamos laborales o ajustes en las obligaciones de seguridad social.

Dr. Diego Gastón Chernán

Contador Público U.B.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. Tomo 302 Folio 123

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