La denominada Inocencia Fiscal II introduce modificaciones relevantes en el régimen de Ganancias Simplificadas, especialmente respecto del período fiscal que funciona como referencia para determinar el alcance del denominado bloqueo fiscal.
El cambio es importante porque puede determinar hasta dónde puede avanzar una fiscalización de ARCA sobre los períodos no prescriptos cuando el contribuyente utiliza el régimen simplificado y cumple con las condiciones previstas por la normativa.
¿Qué es el bloqueo fiscal?
El régimen de Ganancias Simplificadas establece una presunción de exactitud respecto de las declaraciones juradas presentadas bajo esta modalidad, conocida como bloqueo fiscal.
En términos generales, quienes acceden al régimen pueden obtener un efecto liberatorio respecto de las declaraciones juradas de Ganancias e IVA correspondientes a los períodos no prescriptos, siempre que se cumplan determinados requisitos.
Para obtener este beneficio deben cumplirse, entre otras condiciones:
- Presentar en término el Formulario 2711.
- Ingresar y regularizar el saldo correspondiente dentro de los plazos establecidos.
- No registrar discrepancias significativas detectadas por el Fisco.
Cuando estas condiciones se cumplen, el período correspondiente adquiere el carácter de período fiscal base y queda alcanzado por el efecto liberatorio del pago.
El período fiscal base pasa de 2025 a 2026
Inicialmente, el período fiscal 2025 funciona como período fiscal base para quienes ingresaron al régimen de Ganancias Simplificadas y cumplieron con las condiciones exigidas.
Sin embargo, el régimen prevé la posibilidad de que este período de referencia se actualice.
De acuerdo con la reglamentación, el período fiscal base pasa de 2025 a 2026 cuando el contribuyente mantiene su permanencia en Ganancias Simplificadas y, antes de recibir una orden de intervención de fiscalización:
- presenta en término el Formulario 2711 correspondiente a 2026;
- regulariza el saldo determinado dentro del plazo correspondiente; y
- no se detectan discrepancias significativas.
De esta manera, 2026 se convierte en el nuevo período fiscal base, mientras que 2025 pasa a quedar comprendido dentro del bloqueo.
¿Qué sucede con el período 2025?
Este punto es especialmente relevante.
Una vez que 2026 pasa a ser el nuevo período fiscal base, el período 2025 queda incorporado al ámbito protegido por el bloqueo fiscal.
Por lo tanto, si ARCA quisiera fiscalizar el período 2025 y los anteriores, deberá considerar las condiciones previstas por el régimen para dejar sin efecto el beneficio.
En particular, para avanzar sobre 2025 deberá detectarse una discrepancia significativa vinculada con la declaración jurada simplificada correspondiente a ese período.
Esto genera una diferencia importante respecto de los períodos anteriores que nunca fueron presentados bajo la modalidad simplificada.
¿Qué ocurre si ARCA detecta una discrepancia en 2026?
La situación cambia si el organismo fiscal detecta una discrepancia significativa en el período fiscal 2026.
Si ARCA determina la existencia de una discrepancia y el contribuyente no rectifica dentro de los plazos previstos, puede producirse el levantamiento del bloqueo fiscal.
En ese escenario, la fiscalización puede extenderse a los períodos no prescriptos.
Sin embargo, existe una particularidad respecto del período 2025: para poder avanzar sobre ese ejercicio también deberá verificarse una discrepancia significativa en el Formulario 2711 correspondiente a 2025.
En cambio, los períodos anteriores que no fueron presentados bajo el régimen simplificado no cuentan con esa protección y pueden quedar sujetos a fiscalización de acuerdo con las reglas generales.

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Un beneficio que se consolida período por período
Uno de los cambios centrales introducidos por Inocencia Fiscal II es que el beneficio de la presunción de exactitud no debe entenderse únicamente como un beneficio asociado al último período fiscal base.
La modificación establece que las disposiciones sobre el bloqueo resultan aplicables a cada uno de los períodos para los cuales se hubiera presentado la declaración jurada bajo la modalidad simplificada de Ganancias.
Esto significa que, a medida que el contribuyente cumple correctamente con las condiciones del régimen en cada ejercicio, se va consolidando la protección correspondiente a esos períodos.
Opinión profesional
El cambio del período fiscal base de 2025 a 2026 es una cuestión técnica, pero tiene consecuencias concretas para quienes utilizan Ganancias Simplificadas.
La principal ventaja del nuevo esquema es que el cumplimiento sostenido permite ampliar progresivamente el alcance del bloqueo fiscal. No se trata solamente de obtener el beneficio una vez, sino de mantener las condiciones exigidas en cada período para que la protección se consolide.
Por eso, resulta fundamental prestar especial atención a la presentación del Formulario 2711, al pago del saldo y, especialmente, a la existencia de eventuales discrepancias significativas.
La modificación introducida por Inocencia Fiscal II también obliga a analizar cada período de manera individual. El hecho de que un ejercicio se encuentre protegido por el régimen no significa automáticamente que todos los períodos anteriores tengan el mismo tratamiento.
En definitiva, el bloqueo fiscal debe entenderse como una protección que se construye período por período, siempre que el contribuyente cumpla en tiempo y forma con las condiciones del régimen. Para quienes adhieren a Ganancias Simplificadas, mantener un adecuado control de las presentaciones y de la información declarada será clave para conservar este efecto liberatorio frente a futuras fiscalizaciones.
Dr. Carlos Armando Piccinini
Contador Público U.N.L.M
C.P.C.E.C.A.B.A Tomo: 257 Folio 5
C.P.C.E.P.B.A Tomo 138 Folio 127