ARCA elimina el límite de $100 millones para determinados débitos automáticos de planes de pago
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el mecanismo de cancelación de cuotas de los planes de facilidades de pago, permitiendo que determinados importes elevados puedan ser debitados automáticamente de las cuentas bancarias de los contribuyentes.
La medida se instrumentó mediante la Resolución General 5896/2026 y comenzará a aplicarse a partir del 1 de octubre de 2026.
¿Qué cambia?
Hasta ahora, determinados pagos de $100 millones o más requerían recurrir previamente a una transferencia electrónica de fondos, especialmente en situaciones vinculadas con cancelaciones anticipadas o saldos definitivos.
Con la nueva normativa, se elimina este límite, permitiendo que esos importes sean procesados mediante débito directo en cuenta bancaria.
El cambio alcanza a distintos regímenes de facilidades de pago y modifica disposiciones establecidas anteriormente por ARCA para adecuarlas al funcionamiento actual del sistema bancario.
¿Qué deben tener en cuenta quienes tienen planes vigentes?
Los contribuyentes y responsables que posean planes de facilidades de pago gestionados a través de “Mis Facilidades” deberán prestar especial atención a las cuentas bancarias asociadas al débito automático.
En particular, cuando las cuotas sean de importes elevados, será necesario:
- Verificar que la CBU declarada se encuentre correctamente registrada.
- Comprobar que la cuenta bancaria esté seleccionada para efectuar los débitos.
- Asegurar la disponibilidad de fondos suficientes antes de cada vencimiento.
- Revisar periódicamente el estado de los planes vigentes y sus cuotas.
La correcta registración de la cuenta bancaria adquiere mayor importancia a partir de la posibilidad de procesar automáticamente cuotas que anteriormente requerían mecanismos de pago adicionales.

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¿Desde cuándo rige?
Las modificaciones establecidas por la RG 5896/2026 comenzarán a regir el 1 de octubre de 2026.
Por este motivo, quienes tengan planes de facilidades de pago con cuotas de importes significativos deberían revisar con anticipación la información bancaria registrada y verificar que no existan inconvenientes que puedan impedir el débito.
Opinión profesional
La modificación representa una simplificación operativa para los contribuyentes, especialmente para empresas que manejan planes de pago con cuotas de elevado importe.
La eliminación del límite de $100 millones permite unificar el mecanismo de cancelación mediante débito automático y reduce la necesidad de realizar transferencias manuales para determinados pagos.
Sin embargo, la simplificación también exige una mayor previsión financiera. Contar con una CBU correctamente registrada no resulta suficiente: es fundamental asegurar la disponibilidad de fondos en la fecha correspondiente para evitar rechazos y eventuales consecuencias sobre el plan.
Por eso, recomendamos que antes de la entrada en vigencia de la medida, las empresas y contribuyentes con planes importantes revisen sus CBU, cuentas asociadas, vencimientos y fondos disponibles, para evitar inconvenientes en la cancelación automática de las cuotas.
Dr. Carlos Armando Piccinini
Contador Público U.N.L.M
C.P.C.E.C.A.B.A Tomo: 257 Folio 5
C.P.C.E.P.B.A Tomo 138 Folio 127