Estudio Piccinini y Asociados S.A.

Reforma 2026: el Gobierno impulsa “Inocencia Fiscal II” para ampliar el régimen simplificado de Ganancias

La iniciativa, conocida informalmente como «Inocencia Fiscal II», busca responder a algunas de las observaciones planteadas por profesionales y entidades vinculadas a las ciencias económicas desde la puesta en marcha del régimen simplificado.

Es importante destacar que se trata de un proyecto de ley, por lo que sus disposiciones aún no se encuentran vigentes y podrían modificarse durante el tratamiento parlamentario.

Desde la implementación del Régimen de Declaración Jurada Simplificada mediante la Resolución General 5820, más de 330.000 contribuyentes adhirieron al sistema y 170.115 ya presentaron sus declaraciones juradas.

Sin embargo, distintos especialistas advirtieron que algunos aspectos de la normativa generaban incertidumbre respecto de la permanencia en el régimen y de las facultades de fiscalización del organismo recaudador.

En este contexto, el Ministerio de Economía decidió impulsar una nueva reforma para brindar mayor previsibilidad y fortalecer la seguridad jurídica de los contribuyentes.

Un nuevo criterio para definir las «discrepancias significativas»

Uno de los puntos centrales de la iniciativa consiste en precisar cuándo ARCA podrá cuestionar una declaración jurada presentada bajo el régimen simplificado.

El proyecto propone considerar como discrepancia significativa únicamente aquellas situaciones en las que:

  • La diferencia supere el 15% del impuesto declarado.
  • Se excedan los montos previstos por el Régimen Penal Tributario.
  • Exista utilización de documentación apócrifa.

Además, se incorpora un criterio de mínima relevancia económica, excluyendo diferencias que no superen el 5% del monto previsto por el Régimen Penal Tributario.

Otra modificación relevante consiste en asignar expresamente a ARCA la carga de demostrar la existencia de una discrepancia significativa.

Asimismo, el organismo solo podrá fundamentar sus observaciones utilizando:

  • La información declarada por el propio contribuyente.
  • Los datos disponibles en sus sistemas.
  • La información suministrada por terceros.

El proyecto también prevé un plazo de 15 días hábiles para que el contribuyente pueda presentar una declaración jurada rectificativa luego de una determinación administrativa o de oficio. Si regulariza las diferencias dentro de ese período, conservará los beneficios del régimen simplificado.

Otra de las novedades más importantes es la eliminación de los actuales límites vinculados con el nivel de ingresos y el patrimonio para adherir al régimen.

Incluso, el proyecto contempla que los Grandes Contribuyentes Nacionales puedan utilizar la modalidad simplificada para presentar sus declaraciones juradas y efectuar los pagos correspondientes.

No obstante, estos contribuyentes no accederían a los beneficios adicionales previstos para el resto de los adherentes, como las presunciones de exactitud contempladas por el régimen.

La iniciativa también incorpora beneficios para quienes regularicen su situación fiscal.

Entre ellos, propone:

  • Eximir de multas determinadas infracciones materiales que aún no se encuentren firmes cuando el contribuyente haya cancelado o regularizado los ajustes correspondientes.
  • Obligar a ARCA a devolver los importes abonados —junto con los intereses respectivos— cuando una determinación de oficio que haya excluido al contribuyente del régimen simplificado sea posteriormente anulada o revocada.
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El proyecto incorpora además modificaciones a la Ley 25.191, actualizando el régimen sancionatorio aplicable a los empleadores rurales por incumplimientos en materia de registración laboral.

Las multas pasarían a diferenciarse según la gravedad de la infracción y podrían alcanzar hasta $7,5 millones por trabajador, con una actualización anual basada en la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) a partir de 2027.

Aunque la propuesta representa un paso importante hacia la consolidación del régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, todavía deberá recorrer el trámite legislativo antes de convertirse en ley.

Por ello, su contenido podría sufrir modificaciones durante el debate parlamentario.

En Estudio Piccinini y Asociados seguimos de cerca la evolución de este proyecto y analizamos su impacto para empresas, profesionales y contribuyentes, con el objetivo de brindar asesoramiento actualizado y acompañar cada cambio en materia tributaria.

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