La reciente prórroga dispuesta por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias generó una situación inédita: los contribuyentes deberán pagar el impuesto antes de presentar la declaración jurada.
Frente a este escenario, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) solicitó a ARCA una aclaración urgente para evitar que esta particularidad afecte a quienes adhirieron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
¿Qué cambió con la prórroga?
La Resolución General 5876/2026 extendió hasta el 27 de agosto de 2026 el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.
Sin embargo, el vencimiento para ingresar el saldo del impuesto permanece fijado para el 27 de julio de 2026.
Esto significa que muchos contribuyentes deberán efectuar un pago estimado sin haber finalizado aún la determinación definitiva del impuesto.
¿Cuál es la preocupación?
El planteo de la FACPCE se centra en los contribuyentes adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada, incorporado por la Ley 27.799.
La normativa vigente establece que algunos de los principales beneficios del régimen —como el efecto liberatorio del pago y la presunción de exactitud de las declaraciones juradas— dependen de que el impuesto sea correctamente determinado y abonado dentro del plazo establecido.
La duda surge cuando un contribuyente realiza un pago estimado antes del vencimiento del 27 de julio y, al confeccionar la declaración jurada definitiva en agosto, detecta que el impuesto a ingresar era superior.
El pedido de la FACPCE
Ante esta situación, la Federación solicitó que ARCA confirme expresamente que, si el contribuyente ingresa la diferencia junto con los intereses correspondientes al momento de presentar la declaración jurada, ese pago sea considerado realizado en tiempo y forma a los efectos de conservar los beneficios del régimen simplificado.
En otras palabras, el objetivo es evitar que una diferencia surgida por el desdoblamiento excepcional de los vencimientos implique la pérdida de las ventajas previstas por la normativa.

¿Qué beneficios busca preservar?
La aclaración solicitada resulta relevante porque permitiría mantener derechos importantes para quienes adhieren al régimen simplificado, entre ellos:
- El efecto liberatorio del pago, que otorga seguridad respecto del cumplimiento de la obligación tributaria.
- La presunción de exactitud de las declaraciones juradas presentadas.
- La protección frente a futuras fiscalizaciones sobre períodos no prescriptos, salvo en los casos de discrepancias significativas previstos por la legislación.
Una definición esperada por profesionales y contribuyentes
El pedido de la FACPCE busca aportar seguridad jurídica en una campaña de liquidación que presenta características excepcionales debido al nuevo cronograma establecido por ARCA.
Mientras no exista una aclaración oficial, persiste la incertidumbre sobre el tratamiento que recibirán las diferencias de impuesto que puedan surgir entre el pago realizado en julio y la presentación definitiva de la declaración jurada en agosto.
En Estudio Piccinini y Asociados seguimos de cerca las novedades vinculadas con el Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias y monitoreamos las definiciones de ARCA para brindar a nuestros clientes el asesoramiento necesario y garantizar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.