Estudio Piccinini y Asociados S.A.

Prescripción fiscal de 3 años: a quiénes alcanza y cuándo se aplica

La respuesta corta: es general, pero no automático.

La prescripción es el plazo que tiene el fisco para:

  • Determinar deudas
  • Reclamar impuestos
  • Iniciar acciones de fiscalización

Tradicionalmente, este plazo era más extenso. Con el nuevo esquema, se abre la puerta a reducirlo a 3 años, lo que implica mayor seguridad jurídica para quienes cumplen correctamente.

Según lo previsto en la Ley 11.683, el plazo reducido:

  • No está limitado a un régimen específico (como Ganancias Simplificada)
  • Aplica a todos los contribuyentes y a todos los impuestos nacionales

Pero hay un punto clave: solo rige si se cumplen ciertos requisitos en simultáneo.

Para que la prescripción sea de 3 años, deben cumplirse estas cuatro condiciones:

  1. Estar correctamente inscripto en el impuesto correspondiente
  2. Presentar las declaraciones juradas en término
  3. Pagar el saldo resultante, en caso de existir
  4. No tener observaciones relevantes del fisco

Este último punto es fundamental.

El beneficio puede perderse si la autoridad fiscal detecta diferencias importantes entre:

  • Lo que declaró el contribuyente
  • Y la información que posee (propia o de terceros)

La Ley 11.683 define qué se considera una “discrepancia significativa”, habilitando al fisco a desconocer el plazo reducido y aplicar el régimen general.

El nuevo esquema fue reglamentado por el Decreto 93/2026 y complementado por la ARCA a través de la Instrucción General 3/2026.

Estas normas establecen criterios operativos para definir:

  • Cómo se evalúa el cumplimiento
  • Qué información se cruza
  • En qué casos se pierde el beneficio

El nuevo plazo de prescripción introduce un incentivo claro:

Cumplir bien y a tiempo reduce el riesgo fiscal en el largo plazo

En la práctica, esto puede generar:

  • Mayor previsibilidad para contribuyentes cumplidores
  • Menor exposición a fiscalizaciones sobre períodos antiguos
  • Un incentivo a la formalidad
Imagen Oficial de Piccinini & Asociados S.A.

El beneficio no se solicita ni se “adhiere” formalmente. Se aplica automáticamente solo si el comportamiento fiscal es correcto.

Si no se cumplen las condiciones, se mantiene el plazo general de prescripción.

La prescripción fiscal de 3 años:

  • ✔️ Es de alcance general
  • ✔️ Aplica a todos los impuestos nacionales
  • ✔️ Depende del cumplimiento integral del contribuyente
  • ❗ Puede perderse ante inconsistencias relevantes

En definitiva, más que un beneficio aislado, este cambio funciona como un mensaje claro del sistema tributario: cumplir en tiempo y forma ahora también reduce el pasado fiscal.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio