Estudio Piccinini y Asociados S.A.

Convenio Multilateral: se prorrogó nuevamente la entrada en vigencia del SIRCIP

La medida extiende por segunda vez los plazos originalmente previstos para la puesta en marcha de esta herramienta, que busca modernizar y centralizar la administración de los regímenes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicables a los contribuyentes del Convenio Multilateral.

El Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones (SIRCIP) fue creado por la Resolución General (CACM) 9/2025 con el objetivo de unificar la gestión de los regímenes de percepción de Ingresos Brutos entre las distintas jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral.

Se trata de una plataforma informática que permitirá administrar y controlar en forma centralizada la información vinculada a las percepciones practicadas sobre operaciones alcanzadas por el impuesto.

Su alcance comprende operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios realizadas por contribuyentes que desarrollan actividad en más de una jurisdicción.

La implementación del SIRCIP apunta a mejorar la coordinación fiscal entre las provincias y simplificar determinados procesos para los agentes de recaudación.

Entre sus principales objetivos se destacan:

  • Centralizar la información de percepciones en una única plataforma.
  • Mejorar los mecanismos de control fiscal entre jurisdicciones.
  • Facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los agentes de percepción.
  • Unificar criterios de aplicación de los regímenes de recaudación.
  • Incrementar la trazabilidad y transparencia de la información tributaria.

La iniciativa forma parte de un proceso de modernización de los sistemas de recaudación utilizados por las provincias adheridas al Convenio Multilateral.

Según surge de la disposición publicada por la Comisión Arbitral, la decisión responde a diversos factores técnicos y operativos que aún requieren ajustes previos a su implementación.

Entre los principales motivos se encuentran:

  • Solicitudes efectuadas por cámaras empresariales y agentes de percepción.
  • Necesidad de adecuar sistemas informáticos internos.
  • Requerimientos de coordinación entre las distintas jurisdicciones.
  • Espera de nuevas adhesiones provinciales al sistema.
  • Necesidad de garantizar una implementación ordenada y sin inconvenientes operativos.

La complejidad del esquema y el impacto que tendrá sobre miles de contribuyentes y agentes de recaudación motivaron la extensión de los plazos previstos.

Imagen Oficial de Piccinini & Asociados S.A.

No es la primera vez que se modifica el cronograma de implementación.

Originalmente, el SIRCIP debía entrar en vigencia el 1 de marzo de 2026, según lo establecido por la Disposición (CACM) 12/2025.

Posteriormente, mediante la Disposición (CACM) 3/2026, su aplicación fue postergada hasta el 1 de julio de 2026.

Ahora, con la nueva Disposición (CACM) 7/2026, la entrada en vigencia se traslada al 1 de diciembre de 2026.

Esta nueva prórroga refleja los desafíos que implica la puesta en funcionamiento de un sistema que involucra la interacción de múltiples jurisdicciones y una gran cantidad de operadores económicos.

La Comisión Arbitral ratificó que la incorporación de las provincias al sistema se realizará de manera progresiva.

Las jurisdicciones que adhieran al SIRCIP serán informadas mediante futuras disposiciones emitidas por la Presidencia de la Comisión Arbitral antes de la fecha de entrada en vigencia.

Este esquema escalonado busca reducir riesgos operativos y facilitar la adaptación de los contribuyentes y agentes de percepción a los nuevos procedimientos.

Si bien la entrada en vigencia fue postergada, las empresas y agentes de percepción alcanzados por el régimen deberían aprovechar este plazo adicional para avanzar en la adecuación de sus sistemas y procesos internos.

La futura implementación del SIRCIP implicará cambios relevantes en la administración de los regímenes de percepción de Ingresos Brutos, por lo que una preparación anticipada permitirá minimizar contingencias y facilitar el cumplimiento de las nuevas obligaciones.

Con esta nueva prórroga, los contribuyentes cuentan con algunos meses más para prepararse antes de la puesta en marcha definitiva de una de las reformas operativas más importantes previstas actualmente en el ámbito del Convenio Multilateral.

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