Estudio Piccinini y Asociados S.A.

Paritarias de agosto 2026: aumentos, escalas y sumas no remunerativas

A continuación, repasamos los principales cambios que deben tenerse en cuenta para la liquidación de haberes.

En el marco del CCT 42/89, se actualizaron los salarios básicos a partir de agosto y se establecieron nuevas revisiones para noviembre de 2026 y enero de 2027.

Entre los valores destacados:

  • Categoría A – Universitarios: $3.335.917,91.
  • Auxiliar principal administrativo / Oficial calificado: $2.484.390,46.
  • Peón / Principiante: $1.745.561,76.

Además, se estableció un bono vacacional no remunerativo de $336.438,37 y una asignación extraordinaria de $101.560 por el Día de la Sanidad, a abonarse en septiembre.

Para los trabajadores comprendidos en el CCT 659/13, el acuerdo contempla un esquema entre agosto y noviembre.

Durante agosto, septiembre y octubre se mantienen los básicos y se incorporan sumas no remunerativas crecientes, que pasarán al salario básico en noviembre.

Por ejemplo, para el personal en gestión de farmacia, el básico se mantiene en $1.933.355,60, mientras que la suma no remunerativa asciende a $50.000 en agosto, $90.000 en septiembre y $130.000 en octubre.

Los convenios CCT 553/09, 463/06 y 1070/09 establecieron un mecanismo de actualización salarial vinculado al IPC informado por INDEC.

Para agosto se aplicó el IPC correspondiente a julio, del 2,1%, acumulándose con la actualización aplicada en julio.

Las diferencias retroactivas generadas por las actualizaciones de julio y agosto se abonan junto con los haberes de agosto.

En el CCT 281/96, se estableció una recomposición salarial y nuevas escalas hasta diciembre.

Para un oficial de jornada completa, el sueldo conformado pasa a $713.464 en agosto, $804.326 en septiembre y alcanza $855.406 en diciembre.

También se fijaron sumas no remunerativas extraordinarias de $80.000 en septiembre y $30.000 en diciembre, con posterior incorporación al salario básico.

El acuerdo del CCT 808/24 establece incrementos escalonados entre julio y diciembre.

En el caso del Supervisor General, el básico pasa a:

  • Agosto: $1.043.580
  • Septiembre: $1.058.777
  • Octubre: $1.073.975
  • Noviembre: $1.094.239
  • Diciembre: $1.114.502

Además, se mantiene una asignación no remunerativa mensual, que en agosto alcanza $296.640 y llega a $316.800 en diciembre.

Imagen Oficial de Piccinini & Asociados S.A.

Para el CCT 66/89, en agosto se aplicó un aumento remunerativo del 7,5% sobre los salarios vigentes al 31 de mayo.

En septiembre se suma otro incremento remunerativo del 2% acumulativo sobre los valores de agosto.

La próxima reunión de revisión fue prevista para octubre de 2026.

El CCT 656/12 establece un incremento remunerativo total del 8,5%, distribuido entre agosto y diciembre.

El aumento se aplica de manera escalonada: 2% en agosto, 2% en septiembre, 1,5% en octubre, 1,5% en noviembre y 1,5% en diciembre.

El básico del Operador Principal pasa a $947.000 en agosto y alcanza $1.003.000 en diciembre.

Para los trabajadores comprendidos en el CCT 269/95, se estableció en agosto una suma no remunerativa de $35.000 para todas las categorías.

En la rama Panaderos, el básico del Oficial se ubica en $1.413.157, que junto con la suma no remunerativa alcanza $1.448.157, antes de considerar los adicionales correspondientes.

La diversidad de acuerdos alcanzados durante agosto demuestra la importancia de identificar correctamente el convenio colectivo aplicable y revisar las escalas vigentes antes de liquidar los salarios.

Además de los porcentajes de aumento, es fundamental considerar el tratamiento de las sumas no remunerativas, adicionales, retroactivos y futuras incorporaciones al básico, ya que cada acuerdo establece condiciones particulares.

Desde PICCININI Y ASOCIADOS recomendamos realizar una revisión periódica de las novedades paritarias para evitar diferencias en la liquidación de haberes y mantener correctamente actualizadas las obligaciones laborales.

Dr. Diego Gastón Chernán

Contador Público U.B.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. Tomo 302 Folio 123

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