Más control, menos papel… y plazos más estrictos
La Unidad de Información Financiera (UIF) dio un paso decisivo en la modernización del sistema de prevención de lavado de activos al oficializar la digitalización total del proceso de inscripción de Sujetos Obligados.
A través de la resolución 37/2026, el organismo no solo elimina el uso de documentación física, sino que también endurece los controles y plazos, introduciendo consecuencias automáticas ante incumplimientos.
Un cambio de paradigma: todo pasa a ser digital
La nueva normativa establece que la totalidad de la documentación respaldatoria deberá presentarse en formato digital, exclusivamente a través del sistema SRO+ (Sistema de Reporte de Operaciones).
Esto aplica a todos los sujetos obligados definidos en la Ley 25.246, incluyendo:
- Entidades financieras
- Profesionales matriculados
- Empresas de distintos sectores regulados
El objetivo es claro: mejorar la trazabilidad, agilizar controles y reducir tiempos administrativos.
¿Qué documentación hay que presentar?
La resolución detalla con precisión los requisitos, diferenciando entre:
Personas humanas:
- Nota firmada (propia o por apoderado)
- DNI
- Constancia de CUIT/CUIL
- Certificado de antecedentes penales
- Documentación adicional en casos específicos (como fideicomisos)
Personas jurídicas:
- Estatuto o contrato social actualizado
- Actas de designación de autoridades
- Designación del Oficial de Cumplimiento (titular y suplente)
- Declaración jurada de beneficiarios finales
Además, el email informado pasa a ser domicilio electrónico constituido, donde serán válidas todas las notificaciones.
El punto crítico: plazos más duros y bloqueo automático
Uno de los cambios más relevantes es el endurecimiento del régimen de cumplimiento:
- 15 días hábiles para subsanar observaciones
- Si no se corrigen a tiempo → bloqueo automático en el sistema SRO+
Este bloqueo tiene consecuencias concretas:
- Impide operar normalmente
- Puede derivar en sanciones (multas y sumarios)
Es un cambio importante: el sistema pasa de un esquema más flexible a uno automatizado y con consecuencias inmediatas.
Actualización constante: nuevas obligaciones
La norma también exige mayor disciplina en la actualización de datos:
- Cambios de contacto (domicilio, teléfono, email): dentro de 5 días hábiles
- Reemplazo del Oficial de Cumplimiento:
- Comunicación obligatoria en 5 días
- Justificación del cambio ante la UIF
Esto refuerza el enfoque de información siempre actualizada y verificable.
Alcance retroactivo: nadie queda afuera
Un punto clave es que la UIF podrá exigir a sujetos ya inscriptos que:
👉 Actualicen su documentación bajo los nuevos estándares digitales
Esto significa que el cambio no solo impacta en nuevas inscripciones, sino también en registros existentes.
Impacto práctico: eficiencia vs. mayor exigencia
Aspectos positivos:
- ✔ Simplificación del proceso (menos papel, más agilidad)
- ✔ Mayor trazabilidad y control
- ✔ Reducción de tiempos administrativos
Desafíos:
- ⚠ Mayor carga de cumplimiento formal
- ⚠ Riesgo de bloqueos automáticos por errores u omisiones
- ⚠ Necesidad de gestión activa y seguimiento constante
Entonces, ¿es útil esta medida?
Sí, pero con un cambio claro de enfoque.
La digitalización mejora la eficiencia del sistema, pero también traslada mayor responsabilidad a los sujetos obligados, que deberán adaptarse a un entorno más estricto y automatizado.

Conclusión
La resolución 37/2026 consolida una tendencia inevitable:
la transformación digital del cumplimiento regulatorio.
Para las organizaciones, el mensaje es directo:
ya no alcanza con cumplir, ahora también hay que hacerlo en tiempo, forma y de manera completamente digital.
Quienes logren adaptarse rápidamente ganarán en eficiencia.
Quienes no, enfrentarán un sistema que ya no admite demoras ni informalidades.