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La UIF digitaliza por completo la inscripción de Sujetos Obligados

A través de la resolución 37/2026, el organismo no solo elimina el uso de documentación física, sino que también endurece los controles y plazos, introduciendo consecuencias automáticas ante incumplimientos.

La nueva normativa establece que la totalidad de la documentación respaldatoria deberá presentarse en formato digital, exclusivamente a través del sistema SRO+ (Sistema de Reporte de Operaciones).

Esto aplica a todos los sujetos obligados definidos en la Ley 25.246, incluyendo:

  • Entidades financieras
  • Profesionales matriculados
  • Empresas de distintos sectores regulados

El objetivo es claro: mejorar la trazabilidad, agilizar controles y reducir tiempos administrativos.

La resolución detalla con precisión los requisitos, diferenciando entre:

Personas humanas:

  • Nota firmada (propia o por apoderado)
  • DNI
  • Constancia de CUIT/CUIL
  • Certificado de antecedentes penales
  • Documentación adicional en casos específicos (como fideicomisos)

Personas jurídicas:

  • Estatuto o contrato social actualizado
  • Actas de designación de autoridades
  • Designación del Oficial de Cumplimiento (titular y suplente)
  • Declaración jurada de beneficiarios finales

Además, el email informado pasa a ser domicilio electrónico constituido, donde serán válidas todas las notificaciones.

Uno de los cambios más relevantes es el endurecimiento del régimen de cumplimiento:

  • 15 días hábiles para subsanar observaciones
  • Si no se corrigen a tiempo → bloqueo automático en el sistema SRO+

Este bloqueo tiene consecuencias concretas:

  • Impide operar normalmente
  • Puede derivar en sanciones (multas y sumarios)

Es un cambio importante: el sistema pasa de un esquema más flexible a uno automatizado y con consecuencias inmediatas.

La norma también exige mayor disciplina en la actualización de datos:

  • Cambios de contacto (domicilio, teléfono, email): dentro de 5 días hábiles
  • Reemplazo del Oficial de Cumplimiento:
    • Comunicación obligatoria en 5 días
    • Justificación del cambio ante la UIF

Esto refuerza el enfoque de información siempre actualizada y verificable.

Un punto clave es que la UIF podrá exigir a sujetos ya inscriptos que:

👉 Actualicen su documentación bajo los nuevos estándares digitales

Esto significa que el cambio no solo impacta en nuevas inscripciones, sino también en registros existentes.

Aspectos positivos:

  • ✔ Simplificación del proceso (menos papel, más agilidad)
  • ✔ Mayor trazabilidad y control
  • ✔ Reducción de tiempos administrativos

Desafíos:

  • ⚠ Mayor carga de cumplimiento formal
  • ⚠ Riesgo de bloqueos automáticos por errores u omisiones
  • ⚠ Necesidad de gestión activa y seguimiento constante

Sí, pero con un cambio claro de enfoque.

La digitalización mejora la eficiencia del sistema, pero también traslada mayor responsabilidad a los sujetos obligados, que deberán adaptarse a un entorno más estricto y automatizado.

Imagen Oficial de Piccinini y Asociados S.A.

La resolución 37/2026 consolida una tendencia inevitable:
la transformación digital del cumplimiento regulatorio.

Para las organizaciones, el mensaje es directo:
ya no alcanza con cumplir, ahora también hay que hacerlo en tiempo, forma y de manera completamente digital.

Quienes logren adaptarse rápidamente ganarán en eficiencia.
Quienes no, enfrentarán un sistema que ya no admite demoras ni informalidades.

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