La Comisión Nacional de Valores (CNV) introdujo importantes modificaciones al régimen informativo aplicable a los participantes del mercado de capitales mediante la Resolución General 1162/2026.
La nueva normativa busca actualizar las obligaciones de información, simplificar determinados procedimientos, unificar plazos y reestructurar el régimen de idoneidad, incorporando además criterios vinculados con la experiencia profesional.
Las modificaciones apuntan a fortalecer la transparencia, la eficiencia regulatoria y la seguridad jurídica dentro del mercado de capitales.
Nuevos parámetros para informar hechos relevantes
Uno de los principales cambios está relacionado con el régimen de Hechos Relevantes (HR) que deben ser comunicados de manera obligatoria e inmediata a través de la Autopista de Información Financiera (AIF).
La normativa eleva del 10% al 15% determinados umbrales patrimoniales que generan la obligación de informar. Entre ellos se encuentran:
- La enajenación de bienes del activo fijo que supere el 15% de ese rubro.
- Las pérdidas que superen el 15% del patrimonio neto.
- Las hipotecas, prendas, avales y fianzas otorgados que, en conjunto, superen el 15% del patrimonio neto.
Para realizar este cálculo deberán considerarse los últimos estados contables o financieros aprobados, ya sean anuales o intermedios.
Además, se precisan las situaciones en las que determinadas obligaciones informativas resultan aplicables exclusivamente a emisoras que realizan oferta pública de acciones.
Unificación y ampliación de plazos
La resolución también modifica algunos plazos de presentación de información ante la CNV.
En particular, el plazo para comunicar la condición de independencia de los miembros electos, la nómina de autoridades y determinados cambios en las tenencias accionarias pasa de 10 a 15 días hábiles.
También deberán informarse dentro de los 15 días hábiles las adquisiciones, enajenaciones o modificaciones de intención que alcancen o superen el 5% de los votos, o sus múltiplos.
Para las emisoras que sean Mercados, el umbral informativo se establece en el 2%.
Mayor precisión sobre transparencia y conflictos de interés
La nueva normativa refuerza los deberes de reserva, lealtad, diligencia y transparencia de los participantes del mercado.
Se amplía expresamente la obligación de mantener reserva sobre información que aún no haya sido divulgada y se precisa la prohibición de negociar utilizando información no pública, tanto en operaciones del mercado primario como secundario.
Además, se incorpora de manera expresa como conducta contraria a la transparencia la participación, directa o indirecta, en operaciones en las que exista un conflicto de interés.
También se amplía el deber de colaboración con la CNV, que alcanza los procesos de análisis y fiscalización incluso cuando todavía no se haya iniciado formalmente un sumario o una investigación.

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Cambios en el Registro de Idóneos
Otro de los aspectos relevantes de la Resolución General 1162/2026 es la reestructuración del régimen de idóneos para las personas que realizan tareas de venta, promoción o asesoramiento dirigidas al público inversor.
La CNV publicará en forma permanente en su sitio web el banco completo de preguntas y respuestas correctas del examen, que tendrá carácter vinculante.
Además, se establece una alternativa para acceder directamente al Registro de Idóneos sin rendir examen, destinada a quienes puedan acreditar al menos cinco años continuos de desempeño en cargos de responsabilidad relevante dentro de entidades fiscalizadas vinculadas al mercado de capitales.
Este cambio incorpora la experiencia profesional como un elemento relevante para acreditar la idoneidad.
¿Cuándo entra en vigencia?
La Resolución General 1162/2026 entra en vigencia el 21 de agosto de 2026.
Con estas modificaciones, la CNV busca actualizar el régimen de información del mercado de capitales, reducir cargas regulatorias en determinados supuestos y, al mismo tiempo, reforzar los estándares de transparencia, conducta e idoneidad de quienes participan en él.
Para las entidades alcanzadas, será importante revisar los nuevos umbrales, plazos y obligaciones para adecuar sus procedimientos internos y evitar incumplimientos.
Por Dr. Carlos Armando Piccinini
Contador Público U.N.L.M
C.P.C.E.C.A.B.A Tomo: 257 Folio 5
C.P.C.E.P.B.A Tomo 138 Folio 127